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Señor
Intendente Municipal
de Pinamar
Martín Yeza
S/D
En mi carácter de presidente del Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de
Dolores, me dirijo a Ud. haciéndome eco del reclamo y malestar de los matriculados con
domicilio en el partido de Pinamar -que Ud. gobierna- y en general del departamento judicial
Dolores.
La situación se origina por su presencia en la oficina del Martillero y Corredor Público
Gustavo Ariel Nogueira –inscripto al T° III – F° 673 – N° 1920-, y la publicidad dada al acto
en redes sociales -Instagram-.
El proceder del citado profesional es analizado desde la colegiación por desempeñarse
en infracción a la ley que rige el ejercicio profesional y, además se advierte en contravención
a la ordenanza recientemente promulgada por Ud. para combatir el ejercicio de la profesión
bajo el sistema de “franquicias comerciales” -en el caso Century 21-.
La publicidad conformada a partir de su presencia física en la oficina inmobiliaria,
surge como muestra de apoyo al ejercicio profesional contrario a la Ley Nac. 20.266 t.o.
según Ley 25.028, Ley Pcial. 10.973 t.o. según Ley 14.085 y la Ordenanza municipal n°
5777/20.
Ello resulta motivo de alerta, malestar y preocupación para la colegiación que
represento y en especial, para los matriculados con sede legal en Pinamar, quienes se sienten
particularmente ofendidos por el trato desigual dispensado y su preferencia para quien ejerce
en infracción a las normas.
Por ello, solicito se sirva expedir aclarando su posición en relación al tema, con
particular atención a los intereses afectados de los corredores inmobiliarios del partido de
Pinamar.
Al tiempo que, solicito se sirva arbitrar de inmediato medios de acción -por el área de
fiscalización y/o bien aquella que resulte competentes- para dar plena eficacia al control de
publicidad proscripto para las franquicias en servicios inmobiliarios -entre las cuales se
Colegio de Martilleros y Corredores Públicos del Departamento Judicial Dolores
Tel.: (02245) 44-0806 / 1539 – Cel.: 2245-403030
Castelli 265 – Dolores www.comado.com.ar info@comado.com.ar
encuentran para su municipio y de manera ostensible, RE/MAX Bosque y Century 21- y
consecuente sanción. Situación que deviene imperativo en cumplimiento de sus deberes
funcionales.
A la espera de su respuesta, en la confianza que sabrá aclarar la situación y promover
las acciones respectivas, me despido muy cordialmente.
ESTEBAN A. CORRALES
Presidente
2.
Señor
Intendente Municipal del
Partido de Pinamar
Martín Yeza
Su despacho
En mi carácter de Presidente del Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de la Provincia de Buenos Aires, según la facultad que me otorga el art. 43 incisos a) y h) de la ley 10973, solicito a Ud. que –por donde corresponda- se disponga la aplicación inmediata y en todos sus alcances, de la Ordenanza Nº 5777/2020.
En tal sentido, se ha podido comprobar que en la localidad de Pinamar de ese Partido, el MyCP Gustavo Ariel Nogueira –inscripto al Tomo III – Folio 673 – Nº 1920- podría haber incurrido en contravención a la norma local antes citada.
A los fines de continuar con la tramitación de la presente petición, autorizo al Presidente del Colegio de Martilleros y Corredores Públicos del Departamento Judicial de Dolores y/o quien él designe.
Solicito se disponga pronto despacho de esta petición, ordenándose la formación de la acción contravencional correspondiente.
Se adjunta Acta Constitutiva de Autoridades.
A la espera de una pronta y positiva respuesta, lo saludo cordialmente.
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