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Dolores, Abril 16 de 2020.-
Señor Intendente Municipal
PRESENTE
De mi mayor consideración:
Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en mi carácter de Presidente del Colegio Público de Martilleros y Corredores del departamento judicial de Dolores, en virtud de lo resuelto por el cuerpo, con el objeto de solicitarle en forma urgente habilite, las inmobiliarias que funcionan en el Partido de la Costa, en horario acotado de 10 a 13 horas que posean martilleros matriculados, y cumpliendo todas las reglas que hacen a los protocolos de sanidad fijados por ese Municipio o los que nuestra institución adjunta como anexo.-
No escapara a vuestro elevado conoci-miento, la gravísima situación que atraviesan los martilleros y corredores públicos de la provincia, y en especial los que tienen su asiento en ese municipio, por lo que me eximo de mayores consideraciones al respecto, lo que torna imperioso permitir la apertura, conforme a facultades del Decreto 320/20, por la actividad de asesoramiento y conciliación; para percibir los cánones locativos, impuestos, tasa contribuciones, renovar contratos, finalizarlos, recibir los inmuebles etc. tarea que es inherente a nuestra profesión, pero que a su vez no solo beneficia a los inquilinos sino también es una necesidad para los locadores como así también en que no se produzca un atraso en el pago de las tasas impuestos y contribuciones.
Debo señalar muy especialmente que el Colegio de la Provincia de Bs.As. institución que agrupa a los 20 Colegios departamentales, ha remitido al Señor Gobernador de la Provincia misiva en idénticos términos.- Asimismo a modo informativo, ya son numerosos los municipios que han concedido este mismo pedido puedo citar entre otros Necochea, Azul, Chascomus, etc..-
Para finalizar, solo me resta resaltar que también el Centro de Martilleros y Corredores de la Costa, ha presentado una nota con la misma inquietud y solicitando idéntico proceder.-
Agradeciendo desde ya su atención y solicitando una pronta respuesta lo saludo con la más distinguida consideración:
Daniel Manganiello - Presidente
ANEXO
PROTOCOLO SANITARIO INMOBILIARIO
1. Las inmobiliarias sólo serán atendidas Corredor/Martillero Matriculado Responsable o eventualmente por personal designado por el titular.-
2. El ingreso solo será permitido previa higiene con alcohol en gel al ingreso del establecimiento.-
3. No se permitirá el ingreso de mayores, embarazadas, niños o cualquier otra persona con factores de riesgo. -
4. Se deberá limpiar preventivamente antes y después del inicio de actividades con desinfectante. -
5. El horario de atención será el que determinen las autoridades y solo será para estos fines específicos sin excepción: pago y cobro de alquileres, entrega de llaves para nuevas locaciones y acciones que encuadren esenciales para la concreción de una operación de compra y venta inmobiliaria.-
6. Se fomentará el pago a través de medios electrónicos y depósito bancario
7. Se permitirá el ingreso de personas, conforme el espacio físico que dispongan los lugares de atención cuidando de que exista suficiente distancia entre las personas, debiendo las mismas conservar la distancia adecuada.
8. Al ingreso del establecimiento deberá ponerse un cartel informativo del protocolo respectivo.-
9. En caso de oficinas se permitirá el ascenso o descenso de persona 1 persona a la vez.-
10. Los establecimientos deberán estar dotados a disposición del cliente alcohol en gel y un baño respectivo para el lavado de manos cuando se requiera.-
11. En las visitas, teniendo que hacer uso de un ascensor, el ascensor sólo será de forma individual. Se deberá así mismo mantener la distancia durante el tiempo de la visita al inmueble.-
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